La Institución Nacional de Derechos Humanos pretende mantener un vínculo, una articulación constante con las autoridades del Estado desde los diferentes organismos porque es su competencia proteger, de conocer como el estado desarrolla sus políticas públicas, si estas van en línea con la protección de los derechos humanos o si hay algunas dificultades.
Siempre se intenta y se busca el diálogo dijo a Crónicas la integrante de la INDDHH, Dra. Mariana Mota que estuvo algunas horas en Mercedes. “La idea es llegar a mejorar los estándares de protección o corregir las fallas que puedan existir y en definitiva en función de los administrados podamos sentir que tenemos un estado protector en materia de derechos humanos”. Aseveró que van a tener diálogo con las nuevas autoridades, daremos a conocer que es lo que hace la Institución, se pondrá en conocimiento de éstas que es lo que se viene haciendo y “desde ahí en adelante se supone que vamos a poder interactuar y trabajar, recibiendo los reclamos y las demandas de la sociedad que siempre llegan y poder a partir de esas situaciones de vulneración o mala actuación, poder llegar a una reparación o mejora en lo que es la forma de actuar de cada uno de los organismos competentes”.
Leyes Reparatorias
En otro orden y ante nuestra consulta Mota explicó en lo que tiene que ver con el tema de los y familiares y víctimas del terrorismo de Estado que “las leyes reparatorias tienen muchas exclusiones, muy limitativas y han sido dictadas con una mirada económica. Es decir que han mirado cuánto le implica al Estado el pago de determinados daños”.
Se ha venido planteando, dijo, desde hace algunos años denuncias de personas que no obtienen reparación debido a exclusiones o interpretaciones de la ley vigente, resaltando al tiempo el efecto negativo que tiene sobre la víctima la “denegatoria o limitación de la reparación reclamada”.
Resaltó que las vulneraciones han sido “muy profundas” y ejemplificó que en la Ley 18.033 “se regula, por un lado, el otorgamiento de reparación a víctimas de terrorismo de Estado, pero, por otro, en el artículo 8, la hace incompatible con el goce de cualquier otra jubilación, retiro o subsidio transitorio por incapacidad parcial. Excluye del acceso a pensiones a las personas que perciban ingresos de cualquier naturaleza superiores a 15 bases de prestaciones y contribuciones mensuales, calculados en promedio anual y que hay contradicciones en el decreto 106/2007, que regula el beneficio de la pensión especial reparatoria”.
De esta forma, agregó, se incurre en la violación del derecho de los ciudadanos a una reparación integral y se “establecen algunas limitaciones que no condicen con las obligaciones internacionales en materia de reparaciones, entre otras, al establecer que el beneficiario tiene que optar entre la jubilación especial y cualquier otra jubilación, retiro o subsidio transitorio por incapacidad parcial”.
Por esa misma vara económica, “se ha excluido a muchos grupos de personas que han ido invariablemente a la Institución a plantear que el Estado no los está amparando en su derecho de reparación. Se trata de graves vulneraciones no solamente físicas sino también psicológicas y de colectivos que siguen sufriendo exclusión.
Tenemos un Estado que primero les vulneró los derechos y luego otro que les niega, que los ignora”. Entiende que es un debe, que es algo que hay que modificar y reparar. El Estado “está en deuda en lo que tiene que ver con mejorar la situación de las víctimas. En Uruguay hay muchas de éstas vivas, que sobrevivieron a la prisión y están reclamando su reparación y a su vez sus hijos también han sido víctimas. No hace tanto hijos de ex presos políticos han reclamado la mirada del Estado hacia ellos, no como hijos sino como víctimas en sí mismas por lo que vivieron”, concluyó.